<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20210803-47</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2021/08/03</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Estremera. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>183</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://w3.bocm.es/bocm-20210803-47</url_html>
    <url_xml>https://w3.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/08/03/BOCM-20210803-47.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://w3.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/08/03/BOCM-20210803-47.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://w3.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/08/03/BOCM-20210803-47.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://w3.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/08/03/BOCM-20210803-47.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ESTREMERA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ESTREMERA
RÉGIMEN ECONÓMICO
47Estremera. Régimen económico. Ordenanza fiscal
Se pone en general conocimiento que en la Intervención de este Ayuntamiento y a los efectos previstos en el artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y según acuerdo adoptado por el Pleno de este Excmo. Ayuntamiento de Estremera, en su sesión celebrada el día 9 de julio de 2021, se ha expuesto al público el siguiente expediente:
Modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.
El referido acuerdo, aprobado por el Pleno de este Ayuntamiento de Estremera, en su sesión celebrada el día 9 de julio de 2021, se encuentra expuesto al público en el tablón de anuncios de este Excmo. Ayuntamiento de Estremera.
Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones oportunas, con sujeción a las normas que se indican a continuación:
a)	Plazo de exposición pública y presentación de reclamaciones: treinta días a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b)	Oficina de presentación: Ayuntamiento.
c)	Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento en Pleno.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, finalizado el período de exposición pública, y sin que se hubiera presentado reclamaciones durante el citado período de exposición pública, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo anteriormente citado, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.
Estremera, a 22 de julio de 2021..La alcaldesa, Carmen María Sánchez Lozano.
(03/24.413/21)</texto>
</documento>