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    <identificador>BOCM-20210705-114</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2021/07/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 15. Ejecución 84/2021</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>158</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15
114Madrid número 15. Ejecución 84/2021
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARIA DOLORES MARIN RELANZON LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento EJEC. 84/2021 (AUTOS 742/19) de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. AIDA GARCIA HIDALGO frente a TINFER INVERSIONES MN SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 3.171,46 EUROS de principal; 317 euros de intereses y 317 euros calculados para costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado TINFER INVERSIONES MN SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
 
Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). 

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación. 

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a TINFER INVERSIONES MN SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de Málaga..

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a siete de junio de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/20.860/21)</texto>
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