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    <titulo>Móstoles número 6. Procedimiento 1569/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>148</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MÓSTOLES NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MÓSTOLES NÚMERO 6
75Móstoles número 6. Procedimiento 1569/2020
EDICTO
D./DÑA. FLORA TORRES MERCADER LETRADO/A DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 6 DE MÓSTOLES.
DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el juicio sobre delitos leves nº 1569/2020 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

SENTENCIA Nº 37/2021

JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: D./Dña. CAROLINA GARCIA DURRIF.
Lugar: Móstoles.
Fecha: nueve de marzo de dos mil veintiuno.

Vistos por mí, Doña Carolina García Durrif, Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción nº 6 de los de Móstoles y su Partido, los presentes autos de Juicio por Delito Leve de LESIONES y AMENAZAS, seguidos ante este Juzgado bajo el número 1569/20, y en los cuales son parte: JOHNNY THON ROJAS CARRASCO como denunciante y LUIS ALBERTO PEREZ, JANETH KARINA ROJAS CHIPANA, y JULIO DE PEDRO CHUMPITAZ PEREZ como denunciados; se procede a dictar la presente resolución en base a los siguientes

FALLO

Que debo condenar y condeno a JULIO DE PEDRO CHUMPITAZ PEREZ como autor penalmente responsable de un delito leve de amenazas del artículo 171.7 CP a la pena dos meses de multa a razón de una cuota diaria de 6 euros (360 euros), con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas en caso de impago, con imposición de costas, si las hubiere.

Que debo absolver y absuelto a LUIS ALBERTO PEREZ y a JANETH KARINA ROJAS del delito leve por el que venían siendo denunciados.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra esta sentencia cabe Recurso de Apelación para ante la Excma. Audiencia Provincial de Madrid, que se interpondrá, en el plazo de cinco días desde su notificación en la Secretaría de este juzgado.

Así, por esta mi sentencia, de la que se librará testimonio literal que se dejará en la causa de que dimana, lo pronuncio, ordeno, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D./Dña. JULIO PEDRO CHUMPITAZ PEREZ, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Móstoles, a 27 de mayo de 2021.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/19.478/21)</texto>
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