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    <titulo>– Alcobendas. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
44Alcobendas. Régimen económico. Modificación presupuestaria
En la Intervención de esta Entidad Local, y conforme disponen los artículos 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación con el artículo 169.2 del mismo texto, y 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se ha expuesto al público, a efectos de reclamaciones, el expediente conjunto de suplemento de crédito 1/2021 y crédito extraordinario 3/2021, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión de 29 de abril de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de mayo) y que afecta al vigente presupuesto de la Entidad.

Finalizado el plazo, no se ha presentado reclamación alguna, por lo que los acuerdos se elevan a definitivos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. No obstante, en virtud del artículo 171.1 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer directamente contra los referenciados expedientes de modificación del presupuesto general recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Alcobendas, a 10 de junio de 2021..La interventora accidental de Contabilidad y Presupuesto (por resolución de la DGAL de la Comunidad de Madrid, de 21 de julio de 2020), Consuelo Gil Huerta..La secretaria general del Pleno, Gloria Rodríguez Marcos.
(03/20.854/21)</texto>
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