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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan especial</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
52Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan especial
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 27 de abril de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero..Estimar parcialmente y desestimar las alegaciones presentadas durante el período de información pública, por las razones y en los términos señalados en el Informe técnico de la Dirección General de Planeamiento de 8 de abril de 2021.
Segundo..Aprobar definitivamente el Plan Especial para las fincas situadas en la calle de Triana, números 3 y 5 con vuelta a la calle de Itálica, número 4, incluidas en el Área de Planeamiento Específico 05.25 “Colonia las Magnolias”, Distrito de Chamartín. promovido por Predios de Triana, S. L., de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada Ley.
Tercero..Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística”.
Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66.1 de la Ley 9/2001 de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido un ejemplar del Plan Especial al Registro Administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística, que el transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo Recurso Contencioso Administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos.
Madrid, a 27 de mayo de 2021..El director general de Planeamiento, Javier Hernández Morales..El secretario general de Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
(02/19.980/21)</texto>
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