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    <fecha_publicacion>2021/06/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 8. Procedimiento 956/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8
115Madrid número 8. Procedimiento 956/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Raquel Paz García de Mateos, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 956/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de Dña. MISHEL ESTEFANIA CABRERA ALVARADO frente a CLINICA PLANES SL sobre procedimiento ordinario se ha dictado sentencia n.o 183/2021 de fecha 13/05/2021, que, no es firme, por la que se estima la demanda de reclamación de cantidad presentada por las cantidades que constan en dicha resolución.
Resolución que está a disposición de la mercantil demandada en la oficina judicial de este Juzgado, para conocimiento de su completo contenido, y contra la que puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la publicación de este edicto.
Y para que sirva de notificación en legal forma a CLINICA PLANES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a trece de mayo de dos mil veintiuno.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/18.266/21)</texto>
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